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Theoretical Ethics

Liberalismo Versus Comunitarismo En La Cuestión De La Universalidad Ética

Ubiratan B de Macedo
udmacedo@painet.com.br

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ABSTRACT:

 

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La teoría de la justicia en el siglo XX presenta características nuevas, sobre todo después de la publicación de la Teoría de la Justicia de J Rawls, al discutir la justicia y sus criterios formativos. Y lo hace en un enfoque interdisciplinario donde comparecen la filosofía del derecho, la economía, la psicología, la ciencia política y la moral. La teoría de la justicia de Rawls busca establecer los principios morales que tornan una sociedad justa, elegidos por medio de un nuevo contrato social a partir de una posición original, donde se establece un procedimiento equitativo, de modo que sean justos los principios que vengan a ser acordados. Las partes contratantes parten del desconocimiento sobre lo que caracterizará a la sociedad y cómo se insertarán en ella; tampoco saben cuál será su fortuna en la distribución de los dotes y habilidades naturales, las características individuales de su psicología, tales como aversiones o inclinaciones.e incluso la situación económica o política de su propia sociedad. Pero deben escoger principios que aseguren a todos y a todas las situaciones sociales un tratamiento justo, basado en dos principios rectores, que superan a las tesis utilitaristas. Según el primero de ellos, cada persona debe tener un derecho igual al más amplio sistema total de libertades básicas iguales para que sea compatible con un sistema semejante de libertades para todos. Ya el segundo principio dispone que las desigualdades económicas y sociales deben ser distribuidas de manera redunden en los mayores beneficios posibles para los menos beneficiados. Los cargos y funciones deben ser abiertos a todos en circunstancias de igualdad equitativa de oportunidades. Con ello se logra igualdad en las distribuciones.Una vez establecidos estos principios de justicia, Rawls propone un itinerario, que parte de la organización de una asamblea constituyente de la cual emerge la justicia de la organización política y del derecho y libertad fundamentales. A seguir, se dictan, leyes más detalladas sobre la economía y la sociedad, que son aplicadas con justicia, lo que hace que la sociedad sea, por ende, también justa. En síntesis, la justicia social, establecida contractualmente por individuos racionales, en un proceso también racional de elección, alcanzando validez supracomunitaria e universal.

La Oposición de los Comunitaristas

Ronald Dworkin y Robert Nozick continuaron estas líneas básicas del enfoque de Rawls. Pero en los años ochenta surge un grupo de autores, amparados por las ideas de Aristóteles, Hegel o Gramsci, discordaron en nombre de los derechos de las comunidades contra el individuo considerado como ser abstracto, desencarnado, sin raíces, incapaz de las alternativas defendidas. Y sobretodo en nombre de una concepción de bien objetivo para condicionar la justicia. Entre esos autores encontramos a A. MacIntyre y a Michael Sandel. Ya en el contexto comunitarista encontramos la obra de Michael Walzer.

El Proyecto de Michael Walzer

Walzer se enfrentó tempranamente con la teoría de Rawls al dictar un curso en Harvard con Robert Nozick, al publicarse la Teoría de la Justicia.Nozick representaba una defensa del capitalismo y Walzer del socialismo. El curso de Nozick, publicado enseguida (1974) se transformó en el premiado libro Anarquía, Estado y Utopía, brillante crítica libertaria o hiperliberal a Rawls y defensa del estado mínimo. El curso de Walzer se publica en 1983 con el título de Las Esferas de la Justicia. Su libro es socialista, su objetivo es el igualitarismo político, una sociedad libre de la dominación, inclusive de aquella ejercida por algún bien social . Su argumento es radicalmente particularista y comunitarista. No le parece posible que individuos desconectados de toda vinculación comunitaria elijan principios sustantivos y significativos de justicia social. Para Walzer las decisiones son condicionadas por el significado e interpretación que las comunidades otorgan a los bienes. Tal vez no haya otros bienes que los sociales y éstos no son naturales sino culturales, pues incluyen un significado dado por la comunidad. Incluso los bienes básicos como los alimentos sólo lo son para una determinada comunidade, para otra pueden ser sagrados, y como tal insusceptibles de servir como alimento, o pueden ser tabu, etc. La justicia es el instrumento de la igualdad, pero la igualidad en nuestras sociedades no es simple sino compleja, varias igualdades de varios puntos de vista, en lo que se refiere a derechos, oportunidades, resultados, etc. Y la igualdad que se busca es una igualdad consistente con la libertad y, al mismo tiempo, no utópica. Vivimos en una comunidad distributiva, estamos juntos para compartir, repartir e intercambiar.Michael Walzer inicia su teoría observando que la posición de Rawls refleja una antigua y profunda convicción de los filósofos que escribieron sobre la justicia desde Platón.: la de que existe solamente un sistema distributivo y que la filosofía lo puede comprender y determinar. El problema, según Walzer, reside en el particularismo de la historia, cultura y ciudadanía. . La sociedad humana es una comunidad distributiva, estamos juntos para compartir, repartir, intercambiar y producir bienes a través de una división del trabajo.. Sólo excepcionalmente encontramos sistemas e instituciones simples de distribución de bienes, responsabilidades y méritos, como por ejemplo, en cuarteles, prisiones, monasterios o en cualquier otro grupo homogéneo y cerrado, pero no es éste el caso al referirnos a la sociedad. Walzer observa que es necesario que estudiemos los bienes y sus distribuciones en tiempos y lugares diferentes. Más aún, tres aspectos precisan destacarse: primero, nunca hubo un medio universal de intercambio que facilitase la distribución. ( El dinero y el mercado siempre fueron limitados a bienes económicos y es amplia la lista de las cosas que el dinero no compra y el mercado no provee). Segundo: nunca hubo un único punto o lugar de decisión del cual todas las distribuciones fueran controladas o en un único conjunto de agentes tomando decisiones distributivas para toda la sociedad. Nunca el Estado y sus burócratas consiguieron controlar todos los repartos; lazos de familia, mercado negro, religiones, etnias, intereses de todo tipo interfirieron tornando imposible una conspiración distributiva. Y tercero: nunca existió un criterio único, o un aislado conjunto de criterios para todas las distribuciones. Walzer sostiene que en materia de justicia distributiva la historia muestra una gran variedad de acuerdos e ideologías. Pero el impulso de los filósofos es resistir a las apariencias de la historia y buscar una unidad, una pequeña lista de bienes básicos rápidamente abstraída, siendo el filósofo y la filosofía el lugar y agentes únicos de la distribución. Pero buscar la unidad, sostiene Walzer, equivale a no comprender lo que entendemos por justicia distributiva. Su tesis - fundamentada en una teoría de los bienes sociales objeto de las distribuciones—defiende que los propios principios de justicia son pluralísticos en su forma "diferentes bienes sociales deben ser distribuidos por diferentes razones, de acuerdo con diferentes procedimientos, por agentes diferentes, y todas esas diferencias derivan de las diferentes comprensiones de los propios bienes sociales".Todos los bienes con los cuales la justicia se preocupa son bienes sociales. Son bienes en la consideración de una mayoría, de la unanimidad de una comunidad, antes de que en sí mismos. No existe un conjunto de bienes primarios o básicos sea en el mundo material, sea en el moral. Hasta el alimento es alimento para una comunidad. Algunos pueblos ven en las vacas un depósito ambulante de hamburguesas y bifes, otras las consideran sagradas. Considerar algo "alimento" es atribuirle el criterio de necesidad en su distribución. Considerar sagrados ciertos trabajos es al mismo tiempo excluirlos de la venalidad de las funciones. Comprensiones e interpretaciones comunitarias son históricas, así también las distribuciones en ellas apoyadas y mudan con los tiempos. Asimismo lo son la justicia o injusticia conectadas a ella. Una observación final sobre los bienes asume gran importancia. Significados e interpretaciones distintos crean distribuciones autónomas. Cada bien social o conjunto de bienes sociales constituye ... una esfera distributiva dentro de la cual apenas algunos criterios y acuerdos son apropiados.

El fenómeno de la invasión indebida de un criterio de una esfera en otra, (por ejemplo, el dinero que influencia decisiones académicas, políticas o amorosas) es llamado por Walzer de dominación, que ejerce a veces su influencia. El monopolio sería la tentativa de explotar esta dominación. El mercado y sus criterios son dominantes en las sociedades capitalistas como la ideología en las sociedades totalitarias. La normalidad social y la justicia distributiva son aseguradas cuando se observan los criterios internos de cada esfera. Mérito en la esfera de la educación, necesidad en la de la salud pública, consentimiento en la esfera política, etc. La inobservancia de estos principios se traduce en tiranía, de la misma manera que es tiranía condicionar elecciones matrimoniales a la lealtad política, al régimen, o exigir que el afecto y el amor sean otorgados a quien alega necesidad, tal como en la salud pública, independientemente de elección sentimental y consensual. Walzer nos dice que una crítica de la dominación y del dominio llevaría a un principio abierto de distribución. La teoría de la justicia resultante no sería elegante. Resulta difícil y siempre controvertido describir el significado de un bien social y separar los límites de las esferas de la justicia dentro de los cuales los criterios implícitos en el bien operan legítimamente. ¿No sería posible, como hacen muchos autores, seleccionar algunos de los principales criterios distributivos y agotar el problema de la justicia social en la aplicación coordenada de los mismos? Por ejemplo, tres criterios son normalmente discutidos, necesidad, mérito y librecambio. Walzer los analiza y concluye por su insuficiencia para resolver el problema de la justicia. La necesidad es una propuesta plausible para la asignación de algunos bienes. Pero ¿cómo asignar poder político en la invocación de la necesidad? ¿ O empleos, independientemente de las habilidades y la existencia de los mismos? ¿Cómo distribuir reputación, honores, fama, objetos raros, con base en la necesidad invocada por alguien? Resulta manifiesta la insuficiencia de la necesidad como criterio de asignación general fuera de la esfera donde tiene significado ¿ Y el mérito? Descartando el sueño de una sociedad meritocrática, que traería más problemas que soluciones, es obvio que el mérito es también un criterio insuficiente. Además de los problemas técnicos para evaluarlo, no existe un órgano central para distribuirlo por toda la sociedad.. Y existen zonas enteras donde el mérito no se aplica. El amor y el afecto entre hombres y mujeres sólo puede ser distribuido por ellos mismos y extraña sería la admisión de algún criterio de merecimiento. Como la reputación, parte de las asignaciones electorales de poder político podría ser efectuada en base al mérito. El mérito también vale fuera de las esferas donde es admitido tradicionalmente: competiciones deportivas y desempeño escolar, por ejemplo, que poco tienen a ver con el problema de la justicia social. El librecambio que crea el mercado en el cual los bienes se convierten en otros bienes a través del medio neutro del dinero, también ofrece limitaciones como criterio general de asignaciones. Todas las cosas y zonas cerradas al dinero (en verdad un medio no muy neutral como observa Walzer, pero con propensión a acumularse en las manos de un grupo muy definido de personas con habilidades específicas de negociar y vender) excluyen el librecambio como criterio general. Por estas razones, Walzer propone a lo largo de su libro esferas de justicia, zonas particulares, en las cuales existen criterios específicos para la asignación justa, consistiendo la injusticia en la intromisión de cruterios de otras esfera en aquellas asignaciones: la esfera del dinero y de las mercaderías; la esfera de la profesión, de las carreras o del trabajo; la esfera de la educación; la esfera del trabajo duro y peligroso; la esfera del ocio; la esfera de la educación; la esfera del afecto y del amor, dominio de la familia y del matrimonio; la esfera de lo sagrado; la esfera del reconocimiento; y la esfera del poder político. Walter abre—previo a la consideración de estas esferas—una discusión general ubicada en la noción de "membership," de pertenencia a una determinada comunidad. Surge aquí la cuestión de la ciudadanía. Y esa pertenencia no es automática, pues podemos ser extranjeros, o incluso siendo nacionales podemos haber perdido los derechos políticos. Es justamente con la justicia de la atribución de ciudadanía que comienza la discusión de los criterios de distribución, pues la distribución de la renta, de la propiedad, de los derechos laborales y del poder político, etc., depende de la solución que se le otorgue a la cuestión de la ciudadanía.Como los criterios para la distribución de los bienes sociales, los propios bienes son relativos e internos respecto de una comunidad histórica. Walzer cita aquí como ejemplo la polis griega, o las comunidades judías medievales, casos éstos donde la provisión común era asegurada por la comunidad. Cuando los bienes considerados de primera necesidad dejaron de serlo, fueron sustituidos por otros, con diferentes criterios asignativos. Por ello, concluye Walzer que la justicia es relativa respecto de los significados sociales, es una construcción humana, limitada a comunidades concretas que participan de una misma cultura. Pero esta conclusión no es tan radical como está escrita, pues en el prefacio de su libro Michael Walzer nos alerta que en la búsqueda de la igualdad o justicia para una sociedad que proscriba el uso de las cosas para el propósito de dominación, utilizará la idea de derechos personales "humanos o naturales," reconociendo que tales derechos son de ayuda limitada para pensar la justicia distributiva. El ser humano cuenta con otros derechos, aparte de la vida y la libertad, pero éstos no derivan de nuestra común humanidad; se derivan de una concepción compartida de bienes sociales; son locales y particulares. A pesar de esta afirmación, la crítica en torno del libro fue violenta y tomó al pie de la letra la afirmación repetida en el interior del libro sobre la relatividad de la justicia social. Walzer admite una relatividad parcial en la determinación de contenidos ulteriores a la vida y a la libertad, realizada por criterios comunitarios. La vida y la libertad, así como los derechos naturales, serían atribuidos a cada ser humano independientemente de consideraciones comunitarias. El contenido posterior de las asignaciones dependería de criterios y consideraciones históricas internas a cada grupo. Las respuestas de Walzer a las críticas no se hicieron esperar y se encuentran en tres obras suyas: Interpretation and Social Criticism (1987), The Company of Critics-Social Criticism and Political Commitment in the Twentieth Century (1989) y en Thick and Thin-Moral Argument at Home and Abroad (1994).

Relativismo y Justicia - Minimalismo y Maximalismo

Walzer propone su solución basándose en los significados mínimo y máximo. Así, el minimalismo moral aplicado a la justicia parece como un conjunto de exigencias mínimas, abstractas, válidas transculturalmente. El maximalismo, por otro lado, está constituido por las reglas de una cultura o comunidade determinadas. El minimalismo es abstracto y universal, representado en unas pocas reglas, reiteradas en diferentes tiempos y lugares. El maximalismo—por otro lado—es real y se sitúa en un momento histórico determinado. Un enunciado minimalista sería: "las deudas deben pagarse". El enunciado maximalista aplicable en este caso definiría las distintas situaciones para el pago de dichas deudas en una comunidad determinada (exigibilidad, tiempo y lugar del pago, intereses, prescripción liberatoria). Para Walzer la justicia distributiva es un caso de una moralidad maximalista, por su complejidad y minucias indefinidas, abarcando a todos los sectores de una comunidad.

Walzer analiza además la regla distributiva de la igualdad de oportunidades (minimalista), y demuestra cómo está ligada al individualismo moderno y a la idea de la vida como una carrera elegida, en oposición a las concepciones de vida heredadas de los padres o de la sociedad o de la vida como predestinación. A su modo ver, la igualdad de oportunidades sería inaplicable a sociedades diferentes de la nuestra como la medieval. Lo que nos parece una exigencia universal de justicia, es una abstracción de los usos y valores de la sociedad liberal romántica del siglo XIX. Lo mismo puede decirse de la regla minimalista del respeto a los de más edad. La conclusión de Walzer es de que la justicia es relativa a los significados sociales lo que levantó un conflicto crítico. Walzer insiste en el relativismo histórico de las reglas para la determinación exacta de la justicia, sobre todo en su complejidad al mudarse de una esfera de justicia para otra. "La justicia requiere la defensa de la diferencia—diferentes bienes distribuidos por diferentes razones entre diferentes grupos de personas—y es éste el requisito que hace de la justicia algo denso o una idea moral maximalista, reflejando la densidad de las culturales particulares y sociedad." Esto configura la igualdad compleja o justicia posible en la sociedad. A ella se oponen visiones alternativas de la sociedad como unificada en torno de un única esfera. Tendríamos por un lado la visión de la sociedad politizada reflejando un modelo unificado de dominación, sea cual fuere, y por el otro una sociedad con un amplio sistema de intercambio, donde individuos autónomos intercambian todo sin ninguna interferencia política, religiosa o comunitaria. Son dos visiones opuestas de la humanidad. Una, la de ser un ser humano activo, radicalmente político. Otra, la del ser humano como un ente racional, radicalmemte autónomo, calculando riesgos en el mercado y maximizando sus objetivos. A ambas visiones se confronta la idea de hombre subyacente a la justicia social como igualdad compleja en varias esferas dentro de una comunidad. Para Walzer, el hombre no se reduce a una dimensión política o a una dimensión económica. El yo se divide por lo menos en tres modos: primero, entre sus intereses y funciones o roles. Somos ciudadanos, padre, profesor, alumno, mercader, etc. En segundo lugar, se divide entre sus identidades, responde a muchos nombres, definiéndose a si mismo en términos de familia, nación, religión, género, compromiso político, identificándose con tradiciones, regiones, rituales y sobre todo con diferentes grupos. Por último, el yo se divide entre sus ideales, principios y valores.La teoría de Michael Walzer, aquí sin las sutilezas originales, ocupa un lugar original entre las éticas contemporáneas en lo referente al problema del universalismo ético. Lejos está del noble universalismo ético y del relativismo e historicismo vulgar. Walzer es sensible a las exigencias del universalismo con su minimalismo, y respeta el particularismo con el maximalismo compatible con la solución de los problemas de justicia social, de capital importancia en nuestro final de siglo. Su postura, en fin, recuerda la solución tomista con referencia al tema de los principia y las aplicaciones, cuanto a la justicia. (De Malo q.2 a4 ad.13, Questiones Disputatae v.2º Marietti,Roma 1959)

Iusta et bona possunt dupliciter considerari: Uno modo formaliter, et sic semper et ubique sunt eadem; quia principia iuris, quae sunt in naturali ratione non mutantur. Alio modo materialiter, et sic non sunt eadem iusta et bona et apud omnes, sed oportet ea lege determinari. Et hoc contingit propter mutabilitatem naturae humanae et diversas conditiones hominum et rerum secundum diversitatem locorum et temporum.

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